Aerolineas Argentinas - Novedades en traslado de Mascotas (diciembre 2013)

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Descripción

Informamos que a partir del día 26 de Diciembre de 2013, y hasta nuevo aviso no se realizarán más reservas para el transporte de animales vivos (AVIH) en aviones de fuselaje angosto (Boeing 737 y Embraer 190). Las reservas ya realizadas se mantendrán condicionales al momento del embarque, tal como se estaban tratando hasta la fecha.

El transporte de mascotas, tanto se trate de animales domésticos como silvestres, exige una serie de trámites que tienen que ver con la documentación necesaria, el acondicionamiento para el viaje y los requisitos para el ingreso al destino a donde viaja.

Dada la variedad de reglamentaciones y el estricto cumplimiento de los tiempos y normas (particularmente las internacionales), sugerimos iniciar los trámites con suficiente antelación.

Para empezar, le aconsejamos leer atentamente esta guía orientativa.

Los pasajeros que deseen viajar con sus mascotas deberán despacharlas como equipaje acompañado, sujeto a disponibilidad de bodega y a las condiciones que se describen en esta sección. Se recuerda que la reserva de la bodega debe realizarse hasta 48hs, antes de la salida del vuelo. Debido a las diferencia de las condiciones de las bodegas de las aeronaves para transportar un animal en condiciones seguras, informamos que la reserva para el traslado de mascotas es condicional. La reserva no asegura al pasajero que su mascota viaje en el mismo vuelo, si así sucediese la misma es responsabilidad del pasajero no de la línea aérea.

Si la mascota viaja sola (sin el pasajero, como equipaje no acompañado), deberá despacharse como carga, cumpliendo con las mismas condiciones, pero canalizando todo a través del sector CARGAS

Aerolíneas Argentinas no admite el transporte de mascotas en cabina. La única excepción es el traslado de un perro lazarillo, que podrá viajar en cabina, sin cargo, como acompañante de un pasajero que, por discapacidad visual, ceguera o sordera, dependa de él. El animal deberá estar equipado con bozal y arnés adecuados y no podrá ocupar asiento.

DOCUMENTACIÓN
Para Vuelos Nacionales (dentro de Argentina)

Para transportar gatos y perros, deberá presentase la siguiente documentación:
Certificado veterinario de buena salud y antirrábico, emitido con no más de una semana de anterioridad a la partida del vuelo.
Certificados de vacunación correspondientes.

Para Vuelos Regionales e Internacionales

Debido a la aplicación de medidas restrictivas para el
transporte de animales hacia el Exterior, el pasajero deberá, en primera instancia, informarse en el Consulado o Embajada del país al cual viaja, de los requisitos exigidos.

Para mayor información sobre la documentación requerida de acuerdo al tipo de mascota, puede contactarse a: Ventas Directas Internacionales Teléfono: 4480-6396/6264.

Para mayor información, por favor comuníquese con el Call Center de Aerolineas Argentinas en su país.

PARA VUELOS REGIONALES E INTERNACIONALES (partiendo desde Ezeiza)
Según resolución SE.NA.SA. Nro. 1354/94, informamos que únicamente se podrán despachar mascotas desde Ezeiza (EZE) como equipaje acompañado hacia el exterior, cuando los pasajeros presenten el Permiso de Embarque de Animales Vivos el cual será entregado por la Oficina del SE.NA.SA. Ezeiza, previo al embarque de la mascota en dicho Aeropuerto.

Cabe destacar que, sin dicho Permiso el pasajero NO podrá despachar a su mascota.

Procedimiento para la obtención del Permiso de Embarque por parte del pasajero:

El pasajero deberá acudir a los mostradores del SE.NA.SA. en el Aeropuerto de partida (EZEIZA) cuatro horas previas al embarque, para que un inspector de dicha institución realice la constatación física, documental y de lectura del microchip -si correspondiera- del animal en cuestión.

El trámite requiere que el pasajero presente:

- El Certificado Veterinario Internacional o Certificado Zoosanitario de Exportación, original y fotocopia, otorgado por Lazareto Cuarentenario (Av. Brasil y Av. Balbin).
- Toda la documentación sanitaria específica, vacunas, etc. exigidas por el país de destino, original y fotocopia.
- La mascota

Realizada la inspección, el personal del SE.NA.SA. entregará al pasajero un Permiso de Embarque, por triplicado, que habilita al pasajero a realizar el Check-in con su mascota. Una de las copias quedará para el puesto de frontera y el pasajero deberá presentar el original y una de las copias de dicho Permiso en los mostradores de Check-in.
REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DEL INGRESO DE CANINOS Y FELINOS DOMÉSTICOS A LA REPÚBLICA ARGENTINA (desde el exterior)

1- Presentación por parte del propietario del animal del certificado zoosanitario de origen extendido por la autoridad oficial del país de procedencia o por quien haya sido delegada tal función, el cual deberá contener los requisitos detallados en el Anexo I de la presente. Este certificado quedará retenido en el archivo del puesto.
2- Presentación por parte del propietario del animal de la constancia de vacunación antirrábica, para todo perro o gato de 3 (tres) meses o más de edad, el cual una vez constatado será devuelto, ya que no debe ser retenido.
Dicha constancia deberá contener los datos de la vacuna, asignándose la validez de la misma según la periodicidad autorizada para dicha vacuna. Si el animal fuera menor de 3 (tres) meses tal circunstancia tendrá que constar en el certificado descripto en 1).
3- No presentar el animal, a la inspección clínica, síntomas de enfermedad, en especial de aquellas infecto contagiosas propias de la especie.
Anexo I
Requisitos sanitarios para autorizar el ingreso de caninos y felinos a la República Argentina procedentes de países miembros del Mercosur:
Certificación
A) Deberán estar acompañados de un certificado zoosanitario y de una constancia de vacunación antirrábica, cuando corresponda, emitido por la autoridad oficial del país de procedencia, o por quien en el mismo hubiera sido delegada tal función, en el que deberá constar:
A.1) Datos identificatorios del propietario: apellido y nombre, domicilio. Datos identificatorios del animal: raza, sexo, fecha de nacimiento, pelaje, tamaño y señas particulares.
A.2) El país de procedencia y el de destino.
A.3) La constancia de vacunación antirrábica que será requerida para todo canino y felino mayor de 3 (tres) meses de edad, habiendo sido realizada por lo menos 30 (treinta) días antes de la fecha de ingreso del animal en el caso de los primovacunados, y con una vigencia no mayor de un año.
El certificado sanitario deberá asegurar que el animal identificado fue examinado dentro de los 10 (diez) días previos al embarque, no presentando ningún signo clínico de enfermedades propias de la especie.
B) Pago del arancel fijado al efecto por el Senasa en concepto de inspección veterinaria de importación.
Cuarentena
Los animales que cumplan con los anteriores requisitos no realizarán cuarentena de importación. En caso de sospechas de enfermedades infecto-contagiosas zoonóticas o de alto riesgo para la República Argentina, el personal del Servicio arbitrará los medios que aseguren su aislamiento y/o medidas cuarentenarias correspondientes.

Para mayor información, sugerimos visitar la página web www.senasa.gov.ar
ACONDICIONAMIENTO DEL CONTENEDOR - JAULA
El animal deberá trasladarse en un contenedor-jaula adecuado, con fondo impermeable, y provisto por el pasajero. Sólo se podrá trasladar 1 (uno) animal por cada contenedor-jaula. El mismo deberá tener la calidad necesaria, en cuanto a resistencia, seguridad y comodidad para la talla del animal, ventilación y un cierre que garantice de que no va a abrirse en ningún momento, caso contrario deberá llevar un precinto metálico de seguridad. En cuanto al viaje, no se provee de ningún tipo de alimentos o bebidas en escalas intermedias, y tampoco se los desembarca.

TARIFAS

El traslado de una mascota con un acompañante (pasajero) en el mismo vuelo (nacional / regional / internacional), siempre se considera como exceso de la franquicia permitida de equipaje.

Para Vuelos Nacionales (dentro de Argentina)
Se aplica el cargo de exceso de equipaje por kilo despachado (animal más contenedor)

Tarifas por tramo Cargo de exceso por kilo

Todas las rutas
(excepto vuelos hacia / desde Tierra del Fuego) $ 12,00 (con IVA incluido)

Hacia / desde Tierra del Fuego $ 9.92 (sin IVA incluido)

Nota: Los vuelos con origen / destino en Tierra del Fuego están exentos del cobro del IVA, excepto cuando se trate de conexiones inmediatas en puntos de dicha provincia.

Para Vuelos Regionales e Internacionales

- Rutas Sistema por Peso
Se aplica el cargo de exceso de equipaje por kilo despachado (animal más contenedor).


Vuelos ENTRE (desde/ hacia)
Argentina y: Cargo de exceso por kilo
Montevideo USD 6
Punta del Este
Porto Alegre (Brasil)
Santa Cruz de la Sierra (Bolivia)
Asunción USD 8
Florianopolis
Río de Janeiro (Brasil)
San Pablo (Brasil)
Santiago de Chile
San Salvador
Bogotá (Colombia)
Nota: -*- Se adicionará al valor del cargo de exceso publicado, el impuesto que pudiera corresponderle, de acuerdo con el destino (país) donde se origine el viaje.

DESDE HACIA Cargo de exceso por kilo
Argentina Lima (Perú) USD 8
Lima (Perú) Argentina USD 6 + IGV (18%)
Nota: -*- Para el cobro del cargo de exceso de equipaje para vuelos partiendo desde Lima se adicionará el impuesto local IGV (18 %).

IMPORTANTE: Para vuelos que originen en algún punto de Sudamérica y cuyo destino final sea otra escala dentro de Sudamérica, con conexión en Argentina, se aplicará un único cargo de exceso de equipaje por kilo despachado de USD 8.00

- Rutas Sistema por Piezas

Se aplica la tarifa doble de los cargos por exceso de equipaje, por cada animal y su contenedor (jaula). Por consiguiente se deberá abonar, según destino:

DESDE HACIA Cargo de exceso por animal y contenedor
Argentina/ Bolivia/ Chile/ Colombia/ Paraguay/ Perú/ Uruguay/ Venezuela/ Brasil Barcelona/ Madrid/ Roma USD 300
Barcelona/ Madrid/ Roma Argentina/ Bolivia/ Chile/ Colombia/ Paraguay/ Perú/ Uruguay/ Venezuela/ Brasil EUR 240
Vuelos ENTRE (Desde/ Hacia) Cargo de exceso por animal y contenedor
Argentina/ Bolivia/ Chile/ Colombia/ Paraguay/ Perú/ Uruguay/ Venezuela/ Brasil México USD 240
Vuelos ENTRE (Desde/ Hacia) Cargo de exceso por animal y contenedor
Argentina/ Bolivia/ Chile/ Colombia/ Paraguay/ Perú/ Uruguay/ Brasil Caracas (Venezuela) USD 200
Vuelos ENTRE (Desde/ Hacia) Cargo de exceso por animal y contenedor
Argentina/ Bolivia/ Chile/ Colombia/ Paraguay/ Perú/ Uruguay/ Venezuela/ Brasil Miami (EE.UU.) USD 200
Vuelos HACIA Sydney DESDE: Cargo de exceso por animal y contenedor
Argentina/ Bolivia/ Chile/ Colombia/ Paraguay/ Perú/ Uruguay/ Venezuela/ Brasil USD 300

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